LO HUMANITARIO EN EL INDULTO A ALBERTO FUJIMORI

El expresidente Alberto Fujimori Fujimori ha sido liberado por la justicia constitucional. En abril de 2009 fue condenado a veinticinco años de pena privativa de libertad como autor mediato del delito de homicidio calificado en los casos de la Cantuta y Barrios Altos, estando recluido en el penal (exfundo) Barbadillo. Ocho años después, el entonces mandatario Pedro Pablo Kuczynski le concedió indulto humanitario (Resolución Suprema 281-2017-JUS), recobrando transitoriamente su libertad, pues tan solo nueve meses después, el Poder Judicial anuló el citado beneficio. Posteriormente, el pasado 17 de marzo, el Tribunal Constitucional resolvió declarar fundada la demanda de habeas corpus interpuesta, ordenando su excarcelación.

De inmediato, las críticas furibundas no se hicieron esperar, en particular de los sectores de izquierda y la caviarada. Tal es el caso de la expremier Mirtha Vásquez para quién el TC “atropella la memoria y el derecho a la justicia”. Simplemente, el ANTIFUJIMORISMO en todo su esplendor. El gobierno no se quedó atrás. Pedro Castillo Terrones utilizó las redes sociales para declarar “La crisis institucional a la cual me referí en mi mensaje al Congreso se refleja en la última decisión del TC. Los órganos de justicia internacional a los que el Perú está adscrito y el Estado de derecho deberán cautelar el ejercicio efectivo de la justicia para el pueblo”. Más enfático fue el Canciller César Landa La reciente decisión del Tribunal Constitucional sobre el Caso Fujimori no es válida, pues va en contra de las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Barrios Altos y La Cantuta”. Y mucho más radical (o irracional, según como se le aprecie) fue el actual Presidente del Consejo de Ministros, Aníbal Torres, en el sentido que el Máximo Intérprete de la Constitución debe desaparecer.

Resulta irónico que se acuse al TC de fujimorista, pues son estos mismos Tribunos (con mandatos vencidos hace más de dos años) quienes declararon inconstitucional la demanda competencial interpuesta ante el cierre inconstitucional del Parlamento por parte del mitómano Martín Vizcarra. En suma, convalidaron el quiebre del orden constitucional, permitiendo que Vizcarra Cornejo continuara ejerciendo abusivamente el poder sin control político alguno. 

En la orilla de al frente, Oscar Urviola, expresidente del TC, ha señalado que al Presidente de la República “No le permite revocar ese acto sino por las características de autoridad de cosa juzgada, solo se le podría hacer a través de un procedimiento de anulación de cosa seriada fraudulenta, que no es el caso (porque) ya tenemos una resolución del Tribunal Constitucional”.

¿Qué tan cierta es esta última afirmación? Veamos. la Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley N° 27444) refiere en el Artículo 213° que un acto administrativo puede ser declarado nulo en sede administrativa hasta 2 años después de haber sido emitido. Pasado ese tiempo y hasta 1 años más, únicamente en la vía judicial. En el caso que nos ocupa, el indulto (acto administrativo) fue otorgado en diciembre de 2017, habiendo transcurrido a la fecha ambos plazos. Más aún, el TC (aunque se desconoce el contenido de su sentencia) ha declarado la vigencia de la citada Resolución Suprema; es decir, el indulto no puede ni debe ser objeto de modificación y/o derogación. 

El Fujimorismo es pasado (Alberto), pero también presente y futuro (Keiko, excongresista y excandidata presidencial en las que pasó a segunda vuelta electoral). Es cierto, la sola mención de su apellido genera apasionamientos y, desde luego, enfrentamientos. Pero, detengámonos un tanto: Alberto Fujimori es un anciano (83 años), con múltiples dolencias médicas (incluyendo las propias de su edad), pasando más de la mitad de su condena en la cárcel (no dorada como erróneamente lo indican sus detractores), y al margen que pueda gustarnos o no lo que significó su gobierno, se hicieron cosas buenas, todas ellas en provecho de nuestro país (como por ejemplo, imposible negar el crecimiento económico que hoy en día, treinta años después, sigue sosteniéndonos a pesar del desgobierno de Castillo).

Considero, y esto no es solo una opinión personal, sino el sentir de muchos, millones de compatriotas, de permitir que el señor Alberto Fujimori viva en paz y libertad los años que le resten de vida. Para que tenga sentido alguno el beneficio concedido, nos corresponde agregarle lo humanitario al indulto otorgado, el mismo que ha recobrado vigencia.

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