CUANDO YA NO HAY NADA QUE DECLARAR

El fin de semana pasado, el dominical Panorama reveló una nueva denuncia periodística involucrando -una vez más- a Pedro Castillo Terrones, al haberse reunido hasta en dos oportunidades con el empresario Samir Abudayeh, quien coincidentemente pocos días después ganó una millonaria licitación en Petroperú para la compra de biodiesel. En dicha reunión estuvieron presentes, además del citado empresario, el Gerente General de la empresa estatal y la controvertida lobista Karelim López. Al día siguiente, el Ministerio Público inició una investigación por los presuntos delitos de colusión simple y negociación incompatible, incluyendo al mismo Castillo, disponiendo a su vez la intervención en Palacio de Gobierno. Al llegar, los representantes de la fiscalía fueron informados -según consta en el acta- que el Secretario General, Carlos Jaico Carranza, manifestó que el Presidente de la República no autorizó el ingreso a las oficinas del secretario del despacho presidencial. Inaudito, tanto que para Pedro Angulo, exdecano del Colegio de Abogados de Lima, esta conducta conllevaría a ser una clara obstrucción a la justicia. Sin embargo, a las pocas horas, Secretaría de Prensa de Palacio emitió un Comunicado indicando que el mismo Castillo decidió dar facilidades a los Fiscales; vale decir, exactamente todo lo contrario a lo afirmado por Jaico Carranza. Más aún, en la mañana de este martes, un presuroso Castillo enrumbó al Ministerio Público, entrevistándose con su Titular Zoraida Ávalos, solicitándole -entre otros- que separe al Fiscal que realizó la diligencia del día anterior. Nuevamente, inverosímil.

Hasta aquí, surge una válida y necesaria pregunta ¿Cuánto tiempo más debemos soportar las tropelías que viene cometiendo casi a diario el señor Castillo?. Políticos y periodistas afines al endeble gobierno siguen sosteniendo que debe ser investigado (únicamente) por el Ministerio Público para ser acusado recién finalizado su mandato. Bajo esta premisa, el profesor seguirá, como suele decirse coloquialmente, “embarrándola” durante los próximos 55 meses, gozando de la impunidad permitida.

No obstante, como ya lo hemos sostenido, todo funcionario público -incluyendo al mismo Presidente- tiene tres tipos de responsabilidades, independientes entre sí: penal, civil y administrativa funcional. Esto quiere decir que, si un servidor público comete un presunto delito, no necesariamente conlleva a responsabilidad civil y/o administrativa; máxime si la primera está reservada para el fiscal (investiga y denuncia) y juez penal (sanciona), mientras que la segunda a cargo del juez civil, y la última (tratándose de altos funcionarios que gozan del privilegio de la inmunidad) es la potestad del Parlamento. Al respecto, nuestro Tribunal Constitucional ha sostenido en el Expediente N° 156-2012-HC/PC, FJ 15 que “Los actos del Poder Ejecutivo pueden ser objeto de control parlamentario o de control de constitucionalidad. El primero de ellos es de carácter político, lo ejerce el Congreso de la República y es subjetivo, en tanto no existe un canon objetivo y predeterminado valoración.… (Sic)…El control parlamentario puede ser represivo: interpelación ministerial, moción de censura y cuestión de confianza, comisiones investigadoras, antejuicio y juicio político”. Así, corresponde -exclusiva y excluyentemente- al Congreso llevar a cabo el procedimiento constitucional de vacancia en contra del señor Pedro Castillo por la causal de permanente incapacidad moral al haber cometido manifiesta infracción a la Carta Política. Esto al margen de lo que pueda ser resuelto en su oportunidad por la Fiscalía de la Nación.

Preguntado el ex-Presidente Francisco Sagasti por el actuar del profesor, declaró “…... ha pasado más de cuatro meses desde que empezó su gobierno y el presidente tiene la obligación de dar explicaciones”. Tarde señor Sagasti, muy tarde en realidad. A estas alturas, el señor Castillo ya no tiene que declarar. Todo está dicho.

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