CUANDO LA JUSTICIA (TE) CIEGA
Un
bochornoso -y borrachoso- espectáculo
brindado por el Juez Superior de Arequipa, Óscar
Enrique Bejar Pereyra, al ser detenido y conducido a la
Comisaría por manejar en estado de ebriedad y a la vez agredir al efectivo
policial que lo detuvo, es el triste y repudiable acto que no debiera primar en
nuestra sociedad y menos aún al interior del Poder Judicial. Lamentablemente,
este terrible episodio es prueba más de la precariedad institucional con que se
maneja este Poder del Estado.
Sintonizando
con el gobierno del señor Vizcarra, el Poder Judicial está paralizado. La otrora
y bienaventurada Junta Nacional de Justicia abortó desde que forzadamente
extinguieron el Consejo Nacional de la Magistratura, con las consecuencias que
hoy todos vemos (convocatoria de 140
postulantes en la que solo 3 pasaron la primera fase, y el único ganador nunca
juramentó, pues lo renunciaron), y dizque nuevamente llevarán a concurso,
esperando que esta vez puedan elegir a todos los miembros.
Esta
situación ha originado, por un lado, que los Jueces (exceptos de Paz No Letrados) no sean evaluados (proceso de ratificación cada 7 años) o
sancionados (la OCMA ha aplicado en lo
que va del año, 2002 sanciones a Jueces y Auxiliares, desde Amonestación,
Multas y Suspensión [1]); y de otro, el
incremento de Jueces Supernumerarios y Provisionales designados por cada
Presidencia de Corte Superior, sea por la creciente demanda de la población en
la resolución de sus conflictos, o ante renuncias o ceses de Jueces Titulares, además
de no haber posibilidad alguna de nombramiento [2]. Cabe precisar que
estos Jueces son designados directamente y en varios casos no forman parte de
la carrera judicial, por lo que su permanencia en el puesto podría estar sujeto
a favorecer a quién lo designó (o
recomendó para tal designación).
A
ello, agregarle las dramáticas condiciones laborales de los servidores
judiciales. Primero, la enorme brecha salarial existente entre los Jueces
Supremos (S/. 42,717.00) [3] y el personal
administrativo (Vg. Auxiliar
Administrativo I percibe S/. 1,430.00, según el D.S. N° 264-2018-EF, publicado
en El Peruano el 24 de noviembre de 2018). Segundo, la falta de
capacitación y evaluación psicológica, permanentes (como reseña BBC Mundo “el tema
no es si los jueces tienen prejuicios, sino si pueden asegurarse de que otras
personas no se ven afectadas por esos prejuicios” [4]). Tercero, deplorables
condiciones de la infraestructura. En el año 2013, el Diario Peru21 informó “La
Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial (PJ) declaró en emergencia su infraestructura
inmobiliaria ante la situación de inseguridad en las que
se encuentran todas sus sedes. La infraestructura física de este poder del
Estado incluye 935 locales: 435 alquilados, 295
propios y 205 administrados. Cada año se destinan 24
millones de soles al pago de alquileres de inmuebles, utilizados en su mayoría
por la Corte Superior de Lima” [5]; sin embargo, la
ejecución presupuestal en el rubro Construcción de Edificios y Estructura
alcanza a la fecha solamente el 22% [6]. Y, cuarto, la cada
vez más creciente carga procesal. El
Comercio informó que al 2018 existen 2´593,132 expedientes en trámite y
1´293,684 en ejecución. Asimismo que “cada año el Poder Judicial recibe 200 mil casos y que
para el bicentenario la carga procesal superará los cuatro millones de
expedientes sin resolver. Además, que los jueces tienen una capacidad para
resolver 500 casos al año, pero que en la práctica estarían recibiendo 5.000” [7] [8].
Paralelamente,
la ciudadanía exige de la judicatura, Independencia e Imparcialidad, así como
control sobre las decisiones jurisdiccionales (incluyendo el comportamiento del Juez y/o personal administrativo).
Respecto de lo primero, está bastante claro que los Jueces -en su gran mayoría- son probos y
eficientes, aunque ello no alcanza, toda vez que necesitamos que tengan la
estabilidad laboral requerida (titularidad) para que se encuentren libres de
presiones internas y externas. Y, con relación a lo segundo, como en todo grupo
humano existen aquellos Jueces que ven el concepto de JUSTICIA como un negocio
particular, dilatando innecesariamente los procesos (por lenidad o corrupción), adelantando opiniones (prejuzgamiento, como es el caso del señor
Concepción Carhuancho), entre otros; por lo que debieran ser sancionados drásticamente,
llegando inclusive a la destitución.
Más
allá de saber a quién (o cómo) le corresponde resolver esta problemática (que dicho sea de paso es de décadas,
extendida a nivel mundial), lo cierto es que el señor Vizcarra -como gran abanderado de la lucha contra la
corrupción y Presidente (ya cuestionado inclusive) de la alicaída Comisión para
la Reforma de Justicia- debe comprender (es su deber hacerlo) el
irrestricto respeto al equilibrio de poderes (check and balances) existente al interior del estado peruano, entre
ellos el Poder Judicial. Como señala el Diario ABC de España: “La política corre riesgo de quedar atrapada por la banalidad
y la extravagancia, el descuido de nuestras instituciones
y la falta de respeto a los procedimientos democráticos» y destaca una escasez de diálogo y responsabilidad” [9].
[1] “El debilitado
Poder Judicial en el Perú”. Diario El Comercio:
https://elcomercio.pe/politica/debilitado-judicial-peru-infografia-noticia-658106.
[3] “Jueces
Supremos ganan S/ 42,717 mensuales”. Diario Expreso: https://www.expreso.com.pe/destacado-portada/jueces-supremos-ganan-s-42717-mensuales/.
[4] “¿Justicia
ciega? Los curiosos experimentos que muestran cómo los sesgos afectan a los
jueces”. En: https://www.bbc.com/mundo/noticias-49093065.
[5] “Poder
Judicial declara en emergencia su infraestructura inmobiliaria”. En https://peru21.pe/lima/judicial-declara-emergencia-infraestructura-inmobiliaria-96579.
[8] Cierto es que seguimos
con la noción -cada vez más creciente-
de judicializar todo; vale decir, que cualquier controversia debe ser resuelta
por medio de la judicatura. De ahí la coloquial expresión: “Si no me pagas te demando”. Aunado,
resulta que la conciliación
extrajudicial -como mecanismo
alternativo de solución de conflictos- ha quedado reducida a una instancia
previa para un litigio; máxime si la misma no es obligatoria (entiéndase como
facultativa) en materias de familia, laboral, constitucional, entre otros.
[9] “FAES avisa
del riesgo de que la política quede «atrapada por la banalidad y la
extravagancia”. En: https://www.abc.es/espana/abci-faes-avisa-riesgo-politica-quede-atrapada-banalidad-y-extravagancia-201907151232_noticia.html.
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