Entradas

Mostrando entradas de octubre, 2020

SOMOS UN ESTADO LAICO, NO AGNÓSTICO

La Constitución Política nos garantiza como derechos fundamentales, entre otros, la libertad de religión (Artículo 2°, Numeral 3), y que si bien el Estado reconoce a la Iglesia Católica como elemento importante en la formación histórica, cultural y moral de nuestro país, prestándole su colaboración, respeta otras confesiones pudiendo establecer formas de colaboración con ellas (Artículo 50°). En buen romance, somos un ESTADO LAICO . Más aún, la Ley Nº 29635, Ley de Libertad Religiosa, refiere que e l ejercicio público y privado de este derecho es libre y tiene como único límite tanto la protección del derecho de los demás al ejercicio de sus libertades públicas y derechos fundamentales como la protección del orden, la salud y moral públicos (Artículo 1°), y que las entidades religiosas ejercen libremente su ministerio, practicar su culto, celebrar reuniones relacionadas con su religión y establecer lugares de culto o de reunión con fines religiosos (Artículo 6°, Literal d). De est

LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DEL PRESIDENTE

El domingo pasado, el diario El Comercio reveló que un aspirante a colaborador eficaz afirmó que Martín Vizcarra Cornejo, entonces GORE Moquegua, recibió coima de S/ 1 millón por parte de la empresa Obrainsa por darles el monto exacto en la oferta de obra para la construcción del sistema de riego Lomas de Ilo. Ese mismo día, en entrevista concedida a Panorama , Vizcarra negó haber recibido tal soborno, aduciendo que todo el proceso de contratación estuvo a cargo de UNOPS, aunque reconoció que se reunió con el entonces CEO de la corrupta empresa para tratar “asuntos de carácter técnico” de la referida obra, y que sí les requirió fletar una avioneta al costo de S/ 35 mil para trasladar a inversores bolivianos a la inauguración del citado proyecto, con total transparencia apelando a la “responsabilidad social”. Enfáticamente al mismo medio periodístico, la UNOPS ha declarado “ La decisión de adjudicar a la empresa ganadora siempre la tiene la entidad, en este caso, el Gobierno Regional

DISCRIMINACIÓN EDIL FRENTE A LOS ADULTOS MAYORES

En la quincena del mes de marzo pasado, el gobierno dispuso el confinamiento de todos en casa, exceptuando la salida para adquirir víveres, medicinas, entre otros, aunque manteniendo hasta la fecha el polémico toque de queda. En cuanto a los Adultos Mayores de 65 años (AM+65), salen del domicilio para casos muy específicos: atención médica urgente, compra de alimentos o medicinas siempre que no cuenten con apoyo alguno. Y, en caso requieran laborar, haber suscrito DDJJ de asunción de responsabilidad. En suma, los AM+65 no podían ir a centros comerciales, restaurantes, mercados, etc. Recientemente, el propio gobierno rectificó tal medida, y actualmente solo recomiendan que los AM+65 permanezcan en sus viviendas (DS N° 165-2020-PCM, del 8 de octubre de 2020). Vigente aún la absurda prohibición, encontró eco en diferentes estamentos del aparato estatal. El Poder Judicial privó la entrada de AM+65 para presentar escritos en sus sedes. Unos días después cejaron, y han recomendado que no a