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EL DELITO DE FUNCIÓN EN LA JUSTICIA MILITAR POLICIAL

La Constitución Política del Perú refiere que el Estado peruano es unitario, representativo y descentralizado, organizado bajo el Principio de Separación de Poderes : Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Ministerio Público, Sistema Electoral, Gobiernos Locales y Regionales, y Tribunal Constitucional. De acuerdo a esto, corresponde al Poder Judicial la potestad de administrar justicia, no pudiendo autoridad alguna avocarse a causas pendientes ante el órgano jurisdiccional ni interferir en el ejercicio de sus funciones, así como tampoco dejar sin efecto resoluciones que han pasado en autoridad de cosa juzgada, ni cortar procedimientos en trámite, ni modificar sentencias ni retardar su ejecución . Pero, claro está que dicha labor deberá ser desarrollada en evidente e irrestricto respeto tanto de los Derechos Fundamentales, como de la Supremacía Normativa de la Carta Política. Con relación a lo segundo, esto es la Supremacía de la Constitución, la propia Norma Normarum s